viernes, 26 de noviembre de 2010

RESPUESTA A LA PREGUNTA DE CONSTITUCION E INQUIETUD POR LAS DOCENTES EN FORMACION ELIZABETH, YOLANDA ENCUENTRO 5

¿Que organismos realizan el control del constitución política de Colombia?
Por mandato de la Constitución Política de 1991, los órganos de control que ejercen supervisión sobre las actividades del estado.

Contraloría General de la República:
La Constitución Política de Colombia de 1991 en el artículo 267, establece que ejercerá el control financiero, de gestión y de resultados sobre las entidades que manejen fondos o bienes de la nación. Verifica la regularidad de las actuaciones del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, que se deben efectuar con base en la normatividad vigente. Alguna de las áreas en las cuales puede efectuar auditorias son: Contratación, ejecución presupuestal, manejo contable y financiero, verificación de tramites internos, etc.

Procuraduría General de la República:
Ejerce el control disciplinario del servidor público, adelantando las investigaciones y sancionando a los funcionarios que incurran en faltas disciplinarias en el desempeño de sus funciones. De igual manera adelanta las investigaciones cuando se presenten irregularidades en el manejo del patrimonio público. Lo anterior de acuerdo a lo establecido en el artículo 277 de la Constitución Política de Colombia de 1991.

Contaduría General de la Nación:
De acuerdo a lo establecido en el artículo 354 de la Constitución Política de Colombia de 1991, ejerce el control sobre la contabilidad de la entidad y la aplicación de las normas contables que rigen en el país conforme a la Ley, con el objeto de identificar los bienes, inversiones, inventarios, rentas por cobrar, obligaciones financieras, pasivos laborales, de proveedores, etc., para consolidar el Balance general de la Nación.

Congreso de la República:
Ejerce el control político de todas las decisiones y actuaciones del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial que se efectúen con base en las disposiciones legales y reglamentarias que le sean dadas para el cumplimiento de sus objetivos y metas. De acuerdo a lo establecido en el artículo 135 de la constitución Política de Colombia de 1991, este control se realiza mediante la citación al Ministro a las sesiones, para la presentación de los informes que la Corporación estime necesarios y convenientes.

OBSERVACION
COMPAÑERAS, PARA ESTA PREGUNTA ACLARAMOS  QUE POR FAVOR VERIFIQUEN SI ES QUE ESTA MAL PLANTEADA; PORQUE NO CONOCEMOS CUALES SON LOS ORGANISMOS QUE EJERCEN UN CONTROL COMO TAL A LA CONSTITUCIÓN; PERO SI CONOCEMOS LOS ORGANISMOS QUE EJERCEN CONTROL Y SUPERVISIÓN SOBRE LAS ACTIVIDADES  DEL ESTADO COMO SON  LOS ANTERIORMENTE NOMBRADOS.

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